martes, 31 de enero de 2017

Respuesta de RR.HH. de Aldeas Infantiles a las reclamaciones de esta Sección Sindical

Tras el aviso de inicio de conflicto a la empresa, a finales de diciembre de 2016, para que cumpla lo establecido en la legislación vigente (recordemos: que no impida tomar vacaciones en fechas coincidentes a dos o más trabajadores de un programa; que cambie el contrato por obra y servicio determinado a indefinido de una compañera; que pague lo que debe a las dos contratadas que realizan funciones de categoría superior; que evite que el almacén sea peligroso para nuestra integridad, y que nos pague el Complemento Servicios valoración y diagnóstico), esta es la respuesta dada por la Fundació Aldees Infantils SOS de Catalunya:

«(...) le queremos recordar los criterios que fueron comunicados este año sobre cómo conciliar las vacaciones de personal con la atención a los niños. En ese sentido, creemos que dar la opción de fragmentar hasta en tres periodos las vacaciones y disfrutarlas en cualquier momento del año es una medida que favorece a los educadores del programa Integración y Deporte, con los esfuerzos añadidos que puede conllevar a la entidad para que la atención a los niños no se vea mermada. Por otra parte cabe comunicarle que no tenemos constancia de que en el momento en que se solicitaron las vacaciones para el año, hubiera ningún tipo de coincidencia de peticiones para el mismo periodo en el programa Integración y Deporte, ni reclamación alguna con respecto a los periodos.

»(…) le recordamos que el programa Integración y Deporte está financiado por una fundación privada externa a Aldeas Infantiles SOS, cuya renovación está sometida a valoración de dicha entidad de manera anual . Por lo tanto los contratos de obra y servicio que se realicen en ese programa son plenamente incardinables al artículo 16 del convenio.

» Por otra parte, como habrá observado, este verano la entidad pudo realizar unas importantes obras de mejora en el local. Gracias a ello esperamos haber dado solución definitiva a los problemas técnicos que había en algún lavabo. También se ha mejorado el espacio destinado a almacén. En ese sentido cabe recordar el carácter eventual e inesperado de las donaciones que recibimos para las familias más necesitadas del programa. Como verá han sido retiradas ya algunas de esas donaciones, que no ha supuesto riesgo laboral en ningún momento.

»(…) le recordamos que el objetivo principal del programa de Integración y Deporte no es el de emitir valoraciones y diagnóstico, como sería el caso de un centro de primera acogida y valoración, sino la atención socioeducativa a niños en situación de riesgo social y sus familias a través del deporte como principal centro de interés».

Analizando la respuesta dada por la empresa, la conclusión a la que llegamos es que Aldeas Infantiles toma por tontos a sus trabajadores..., si estos se dejan. Esta Sección no lo quiere permitir. Vamos a ir respondiendo párrafo por párrafo:

El temita de las vacaciones:
La empresa no puede pasar por encima de la normativa sobre vacaciones que queda reflejada en el convenio y el Estatuto de los Trabajadores. No puede imponer unas formas de cogerlas, unos periodos, etc. Hay compañeras que no han podido disfrutar vacaciones cuando les apetecía porque se les ha dicho que no pueden coincidir en fechas, salvo en agosto, claro, que es cuando le viene bien a la empresa. Hay miedo a sufrir represalias. Si no hay coincidencia de peticiones es porque se está advirtiendo a la plantilla que no se va a aceptar que coincidan vacaciones en Navidades, por ejemplo. Aldees Infantils SOS de Catalunya está provocando, además, que pueda darse una situación muy desagradable: una carrera a ver quien es el más avispado en coger vacaciones el primero. Esta empresa del Tercer Sector Social, está promocionando el egoísmo entre compañeros. Y como quienes sabemos cuáles son nuestros derechos, vamos a tomarnos las vacaciones cuando nos salga de las narices, la empresa lo que quiere es que la persona que quiera tomárselas en mismas fechas, se enfrente al compañero en lugar de a los que mandan, que son los que están limitando el derecho a coger vacaciones según marca la ley.

La empresa debe prever concurrencias de fechas entre compañeros. Las vacaciones son un derecho conquistado gracias a la lucha obrera, despidos, huelgas, hambre, pistolerismo patronal, detenciones, palizas y asesinatos por parte de la policía. La Fundació Aldees Infantils SOS de Catalunya, en lugar de no pagar parte del sueldo de dos compañeras, debería respetar esta conquista y anticipar que dos o más trabajadores pueden coincidir en periodo vacacional, contratando personal con la titulación adecuada para suplir adecuadamente al que no está. De este modo, se estaría dando un servicio de calidad y no habría un incremento de la carga de trabajo en quienes se quedan en su puesto.

El temita del contrato en fraude de ley:
¿Qué dice el artículo 16 del II Convenio de Acción Social?: «(…) Se entenderá que una vez transcurrido el primer año de ejecución de la actividad y un segundo, si se produce una prórroga la actividad, tendrá carácter de consolidada y se dará por extinguida la posibilidad de hacer este tipo de contratos». Como el programa socio-educativo Integración y Deporte lleva funcionando desde 2011, el contrato ha de ser indefinido. Ahora bien, es probable, no descartemos hipótesis, que RR.HH., no sepa leer, o sepa leer, mienta y esté contratando en fraude de ley.
 

El temita de pagar a dos compañeras por debajo de categoría:
La empresa no habla de este asunto, suponemos no vaya a meter la pata como cada vez que abre el pico, se presentan denuncias y demandas, y se ganan todas. Pero vamos a contar toda la verdad, ya que estamos: RR.HH., de forma habitual y al menos en el Centro Abierto de Sant Adrià de Besòs, contrata gente sin titulación de educador social, para puestos de educador social. Son estudiantes del grado, de lo cual se aprovecha contratándoles en una categoría inferior, pagándoles unos 300€ menos pero exigiéndoles que realicen funciones de educador social. A esto le podemos llamar explotación laboral, además de intromisión profesional.

El temita de las obras del cuarto de baño:
Es obligación de la empresa mantener las instalaciones tal y como manda la ley. Durante un año unos cuarenta niños de media al día, familias y profesionales han estado compartiendo un único retrete. A lo largo del verano, la plantilla ha estado conviviendo con las obras de mejora de los baños, soportando ruidos y polvo. ¿Nos ha dado las gracias alguien por nuestra paciencia? ¿Se nos ha pedido disculpas? ¿Qué tenemos que agradecer a la empresa?

El temita de las donaciones y el almacén:
Es obligación de la empresa mantener las instalaciones tal y como manda la ley. El estado del almacén no es algo puntual, sino norma diaria. Lo más desagradable es que desde dirección se nos ha responsabilizado más de una vez del estado del almacén, obligándonos a ordenar material que no es nuestro.

Estado del almacén: preñaíto.
Autopista hacia el cielo.
A la orden, mi general.

El temita del complemento:
La empresa dice que los profesionales de Integración y Deporte, y por ende, del centro abierto, no hacemos esto de valorar las necesidades de la población con la que trabajamos, y, por tanto, no nos merecemos ese complemento. Pero esta sección sindical guarda pruebas de reuniones en torno a dichas necesidades, listados de ropa, calzado, alimentación y material escolar.

Todos estos temas ya están en manos de Inspección de Trabajo, del sindicato y abogado. Veremos cuánto tiempo tarda la Fundació Aldees Infantils SOS de Catalunya, en hacer las cosas bien.


Se quiere recordar a todos los trabajadores que la vulneración de derechos laborales es algo que nos debe importar y contra lo que tenemos que luchar unidos. Es una inmoralidad no preocuparse por nuestros derechos, porque estos no nos pertenecen: son una conquista de unas condiciones de trabajo beneficiosas para todos.

lunes, 30 de enero de 2017

Subida de salario

Como la firma del que sería III Conveni d'Acció Social amb infantis, joves,, etc., de Catalunya, lleva bloqueado por las patronales del sector desde el año 2012, determinadas empresas han ido, a lo largo de este lustro, justificando la congelación de nuestros salarios ad vitam aeternam...

Sin tener conocimientos en sociología, los factores de este bloqueo de convenio pueden deberse a:


  • El desconocimiento en materia de leyes laborales y lucha sindical por parte de la mayor parte de los trabajadores, quienes, además, no han mostrado interés en aprender sobre estas cuestiones.
  • La actitud de CC.OO. y UGT -sindicatos firmantes de este tipo de convenios-, propia del Despotismo Ilustrado y su célebre frase Tout pour le peuple, rien par le peuple. En lugar de abrir canales de participación y capacitar a los trabajadores para que sean estos los agentes de su cambio, estas centrales sindicales andan más preocupadas por lograr cuotas de poder incluso entre sus propias federaciones.  
  • Las pájaras mentales de quienes a través de colectivos, grupos, asambleas, sindicatos alternativos, etc., hemos querido juntar a la gente sin saber para qué, lo que ha ocasionado «asambleitis» aguda, una sensación de pérdida de tiempo y desilusión.
  • Por último y no por ello menos importante, el baile arrimado entre las entidades del Tercer Sector Social, más interesadas en dar un mal servicio que en ayudar al «usuario» a salir de su situación de riesgo social, y la Generalitat y casi todos los ayuntamientos, a los que les importa un pimiento la independencia socio-económica de sus votantes.

Con todo lo anterior, resulta que la semana pasada nos despertamos con una noticia bomba: la Fundació Aldees Infantils SOS de Catalunya nos sube el sueldo un 1'5%, «con el objeto de evitar pérdida de poder adquisitivo. (...) Todo ello a pesar de que el Convenio de aplicación "Acción social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo”, se encuentra congelado en lo que respecta a incrementos retributivos».

Qué buenos son los padres escolapios, que nos llevan de excursión..., podríamos cantar en agradecimiento por esta subida de salario, pero resulta que para evitar que perdamos poder adquisitivo tendrían que habernos subido un 7% la nómina. ¿Por qué? Desde 2011 el IPC ha aumentado ese porcentaje en la provincia de Barcelona; un 5'4% en Girona, 5'3% en Lleida y un 4% en Tarragona. Solamente en 2016, el IPC, ha aumentado un 3'6%. Así que favores no nos están haciendo ninguno.


Fuente: La Vanguardia
 

jueves, 26 de enero de 2017

¡Actualizado a enero 2017! Comparativa entre distintos convenios del sector de la Intervención Social en España y Cataluña

Mediante la elaboración de esta comparativa esquemática, se pretende fomentar la toma de conciencia sobre qué condiciones laborales se disfrutan o se padecen en unos territorios u otros, en determinadas empresas, en ciertas categorías.

Puedes descargarte el pdf pinchando aquí. Si te diera problema la descarga con el móvil, prueba a hacerlo desde un ordenador.

miércoles, 25 de enero de 2017

¿Qué derechos se están reclamando actualmente a Aldees Infantils SOS Catalunya?

Si hoy cobro por debajo de convenio, porque a la empresa se le ha ocurrido contratarme en otra categoría amparándose en que no tengo el título requerido -cuando hay no sé cuántos miles de profesionales de la Intervención Social en paro-, y no hago nada, por miedo, por apatía, por desconocimiento, o porque espero que venga un sindicato-delegado-comité a resolver MI problema, mañana la empresa no tendrá ningún problema en tratar de que otra persona pase por el aro, haciéndole la misma jugada. Cuando se dice empresa, en realidad se quiere decir «chorizo-que-vete-a-saber-en-qué-se-está-gastando-el-dinero-que-no-estás-cobrando». Este ejemplo anterior, se puede resumir en que si no lucho por MIS derechos, otros sufrirán el riesgo de perderlos.

Por eso, MI problema no solo me afecta a mí; MIS derechos no solo son míos, sino del conjunto de los trabajadores. Y es al conjunto de los trabajadores, a quienes estamos trabajando codo con codo con esa persona que tiene el problema, que nos tiene que doler SU problema siendo imprescindible que le brindemos todo nuestro apoyo para que lo resuelva.

En Aldees Infantils SOS Catalunya, se están vulnerando gravemente los derechos de toda la plantilla, pero especialmente de dos compañeras. Por ello, hemos abierto conflicto contra la empresa, para acabar con las siguientes injusticias:
  • La contratación de dos trabajadoras en la categoría «C personal cualificado», pero que llevan realizando funciones propias de la categoría «C diplomados», desde su entrada al puesto de trabajo en septiembre de 2015 y 2016, respectivamente. Nuestras exigencias son: que la empresa pague a las trabajadoras acorde a las funciones que llevan realizando desde su contratación, siendo este pago con carácter retroactivo, es decir, que se les pague todo el dinero que se les adeuda desde que llevan realizando dichas funciones, y que se las contrate en la categoría correspondiente.
  • El incumplimiento del artículo 16 del convenio, al haber contratado bajo la modalidad de obra y servicio a una trabajadora en septiembre de 2016. Exigimos: cambiar el contrato actual a indefinido y que aparezca esto en la fecha de contratación inicial. NOVEDAD a 3 de febrero: la compañera ha pasado a indefinido.
  • El incumplimiento del Real Decreto 486/1997 y la Orden de 9 de marzo de 1971, al no procurar que el almacén, al cual tienen acceso los trabajadores prácticamente a diario, sea un espacio ordenado, seguro y libre de riesgo a padecer un accidente laboral. Exigimos: vaciado de los elementos que obstaculizan el normal tránsito del personal del centro, y que la custodia de los objetos que no caben en los armarios sea circunstancial y solo permitida un máximo de una semana, no pudiéndose aceptar más de dos al mismo tiempo.
  • El incumplimiento del artículo 28 del convenio, al negarse la empresa a abonarnos durante el periodo 2015 y 2016 el denominado «Complemento servicios valoración y diagnóstico», el cual especifica que debe darse «cuando los trabajadores desarrollen su tarea con el objetivo principal de emitir valoraciones y/o diagnosticar situaciones de necesidad social que no se pueden abordar desde un Servicio Social Básico (…)». En varias ocasiones durante los años mencionados, la empresa ha solicitado que se valore la situación económica de las familias atendidas y su necesidad social de ropa, alimentación y material escolar. Exigimos: el pago del complemento para 2015 y 2016 a la totalidad de la plantilla de los programas anteriormente mencionados y que se establezca a partir de Enero de 2017 el pago regular cada año de dicho complemento, ya que esta tarea es habitual en el trabajo socio-educativo de los profesionales.

Un pequeño ejemplo de lucha para mejorar las condiciones de trabajo


Hace unos días -hoy es 25 de enero de 2017- se ha firmado el II Convenio Colectivo de Intervención Social de Gipuzkoa, tras dos años de negociaciones y movilizaciones. ¿Quiénes han firmado este convenio? ¿Tú, hablando a solas con el jefe? No, los sindicatos, es decir, los trabajadores organizados. En este caso, han sido ELA, CC.OO y LAB.

Las condiciones laborales pactadas, que afectan a «más de 2.000 personas que sacan adelante una parte importante de los servicios sociales guipuzcoanos», fijan la jornada anual tope en 1592 horas (en Cataluña, es de 1724 horas) sin flexibilidad horaria, que significa que la jornada semanal no puede ser de 48 horas una semana, y 28 la siguiente, sino que se establece la jornada semanal de 35 horas; 41 días de vacaciones (en Cataluña, 31), aumento de salario del 0,5% para el 2015, 0,5% para el 2016, 2,5% para el 2017 y entre el 2% y el 2,5% para el 2018, según el IPC (en Cataluña, desde el año 2011 no hay subida de sueldo, y en Aldeas Infantiles, la única vez que se ha aumentado el salario ha sido un impresionante 0,3%, en 2014). Otros derechos alcanzados son la mejora de los permisos parentales, la obligación de realizar planes de igualdad en empresas de 50 trabajadores, movilidad funcional y geográfica condicionada a la voluntariedad de las partes, y mejora de la indemnización por despido objetivo.

¿Se pueden lograr derechos luchando? Algunas personas se quejan de los sindicatos, diciendo una media verdad: «no nos solucionan los problemas». En el colegio debieran enseñarnos que los problemas de uno deben ser resueltos por uno con la ayuda de todos, y no exclusivamente por unos señores llamados delegados de personal o los comités de empresa. 

Un sindicato tiene capacidad para presionar y hacer que cambien las leyes a mejor, cuando hay una masa de afiliados pero sobre todo militantes que respaldan las decisiones tomadas democráticamente o no por la organización. Si un trabajador va en solitario a reunirse con el jefe y le dice que quiere la jornada de 35 horas semanales, y el otro le responde que ni de coña, ¿de qué manera puede presionar para que la empresa negocie? Si una asamblea de trabajadores de un centro de trabajo, se reúne con el jefe y le plantea esa jornada de 35 horas semanales, y se da una negativa por parte de la empresa, la asamblea puede presionar a través del aviso de paros parciales o totales, por ejemplo, algo que supondría un problema grave a la entidad. Si además esa asamblea cuenta con el respaldo externo de uno o más organizaciones sindicales, se pueden plantear acciones que hagan entender a la empresa la necesidad de negociar con los trabajadores.

martes, 24 de enero de 2017

¿Para qué sirve una sección sindical?

Los sindicatos, durante estas últimas décadas, han hecho las cosas mal y aún hoy siguen cubriéndose de gloria: la mayoría chupan del frasco de las subvenciones, en lugar de las cuotas de sus socios; algunos han robado a los trabajadores, montando supuestas cooperativas de viviendas. Muchos se han aprovechado de las leyes sindicales que favorecen tomarse horas libres para no se sabe muy bien qué, o han pasado por encima de las decisiones de las asambleas, firmando despidos, cierre de empresas, colocando a los suyos en los puestos clave, etc. Otros, andan a la gresca, surgiendo sectores críticos que advierten de una deriva autoritaria en donde el afiliado deja de decidir sobre los asuntos que le conciernen. No es extraño que mucha gente aúpe a los sindicatos al top ten junto a banqueros, políticos, empresarios...

Lo anterior, sin embargo, no puede hacernos olvidar que es gracias a los sindicatos, o a determinados sindicatos, o a unas determinadas formas de organizarse sindicalmente en el trabajo por parte de quienes trabajamos, que tenemos hoy derechos

Derechos como las vacaciones, días libres, salarios en metálico y no en especie, descanso entre jornadas de trabajo, baja por enfermedad, seguridad social, prohibición de las horas extra, derecho de maternidad y paternidad, etc., todos ellos no existían hasta que los trabajadores se organizaron en sindicatos para aprovechar la fuerza del número. Con ello, entendieron que estarían en igualdad de condiciones ante el patrón, ya que si éste sancionaba al que pedía derechos quitándole aquello que le proveía de alimento -el salario-, los trabajadores unidos actuarían de igual manera, dejando de trabajar todos a una. Es por esto que gozamos de derechos: porque luchamos organizados.

Un sindicato no quiere decir más que esto: la unión organizada de unos trabajadores para lograr una serie de derechos laborales. Los derechos laborales son infinitos hasta que se consiga la igualdad plena entre las dos clases sociales existentes: la privilegiada y la trabajadora.

¿Qué es entonces una sección sindical? Uno o más trabajadores de una empresa, que se unen y organizan dentro de ésta, para hacer frente a una serie de injusticias. Forman parte de una entidad más grande, un sindicato, que respalda sus acciones a través de la solidaridad. Allí donde hay organización sindical, las condiciones laborales son mejores para el conjunto de los trabajadores.

¿Hay que ser especial para formar parte de una sección sindical? No. Proponerse y proponer mejoras laborales, junto a otros compañeros de trabajo, es algo legítimo, necesario y coherente. ¿O no les estamos diciendo a los «usuarios» con los que trabajamos día a día, que hablen entre ellos, que traten de mejorar sus condiciones de vida, y que se posicionen en contra de las injusticias? 

¿Qué pasa si no me convence ningún sindicato? Existe la opción de que un 33% de los trabajadores del centro convoquen una asamblea para debatir y organizarse, y finalmente llegar a acuerdos sobre la lucha por los derechos laborales.

¿Conoces las horas máximas que por convenio puedes hacer al año? ¿Llevas un control de estas horas para saber cuántas las trabajas gratis? ¿Sabes que las horas extra están prohibidas?

Dice el artículo 32 del Conveni d'Acció Social amb infants, etc., de Catalunya, que en todo el año puedes trabajar 1724 horas como máximo. Si trabajas en ciclo continuado -recursos de 24 horas-, son 1701. Más de eso, supone un incumplimiento de la legislación por parte de la empresa y es tu deber denunciar este hecho a Inspección de Trabajo o pedir ayuda al sindicato. Ese derecho que se está incumpliendo, no sólo te afecta a ti, sino a la gente con la que trabajas y a la que venga después: más horas, menos tiempo libre, más cansancio, menos contratación, más precariedad, menos atención de calidad... Por eso es un deber y más bien una necesidad.
 
¿Cómo calcular las horas que haces a lo largo de todo el año? 

Te puedes descargar una hoja de cálculo elaborada para que lleves la cuenta de las horas que trabajas y anticipes cualquier intento de la empresa por superar la jornada máxima anual. Solo tienes que ir poniendo en número las horas trabajadas (8 horas = 8; 8 horas 30 minutos = 8,5; 8 horas 15 minutos = 8,25; 8 h. 45m. = 8,75) y a la derecha te saldrá el resultado total por semana y abajo del todo, por año. No cuentes las vacaciones ni los días festivos.

Recuerda: 1724 o 1701 horas como máximo. Ten en cuenta que a principios de año la empresa está obligada a plantear un calendario laboral, que debe estar bien visible para que lo puedas consultar tú y el inspector de trabajo, por ejemplo. ¡Y ojo!, que las horas extras están prohibidas por convenio. Lo dice el artículo 34. Sí puede suceder que te toque resolver un asunto relacionado con una urgencia de un «usuario» con el que trabajas, algo que no esté previsto y que no se repita cada dos por tres. Esto puede dar pie a que salgas más tarde del curro, pero esas horas deben ser compensadas posteriormente, porque así viene estipulado en el artículo 35, pero esas horas son incidentales, no habituales.

Si tienes dudas y estás trabajando en Aldeas Infantiles o en el sector, consulta a esta sección sindical. Otras opciones es que te acerques a las asesorías jurídicas de otros sindicatos o a un abogado laboralista.