martes, 24 de enero de 2017

¿Conoces las horas máximas que por convenio puedes hacer al año? ¿Llevas un control de estas horas para saber cuántas las trabajas gratis? ¿Sabes que las horas extra están prohibidas?

Dice el artículo 32 del Conveni d'Acció Social amb infants, etc., de Catalunya, que en todo el año puedes trabajar 1724 horas como máximo. Si trabajas en ciclo continuado -recursos de 24 horas-, son 1701. Más de eso, supone un incumplimiento de la legislación por parte de la empresa y es tu deber denunciar este hecho a Inspección de Trabajo o pedir ayuda al sindicato. Ese derecho que se está incumpliendo, no sólo te afecta a ti, sino a la gente con la que trabajas y a la que venga después: más horas, menos tiempo libre, más cansancio, menos contratación, más precariedad, menos atención de calidad... Por eso es un deber y más bien una necesidad.
 
¿Cómo calcular las horas que haces a lo largo de todo el año? 

Te puedes descargar una hoja de cálculo elaborada para que lleves la cuenta de las horas que trabajas y anticipes cualquier intento de la empresa por superar la jornada máxima anual. Solo tienes que ir poniendo en número las horas trabajadas (8 horas = 8; 8 horas 30 minutos = 8,5; 8 horas 15 minutos = 8,25; 8 h. 45m. = 8,75) y a la derecha te saldrá el resultado total por semana y abajo del todo, por año. No cuentes las vacaciones ni los días festivos.

Recuerda: 1724 o 1701 horas como máximo. Ten en cuenta que a principios de año la empresa está obligada a plantear un calendario laboral, que debe estar bien visible para que lo puedas consultar tú y el inspector de trabajo, por ejemplo. ¡Y ojo!, que las horas extras están prohibidas por convenio. Lo dice el artículo 34. Sí puede suceder que te toque resolver un asunto relacionado con una urgencia de un «usuario» con el que trabajas, algo que no esté previsto y que no se repita cada dos por tres. Esto puede dar pie a que salgas más tarde del curro, pero esas horas deben ser compensadas posteriormente, porque así viene estipulado en el artículo 35, pero esas horas son incidentales, no habituales.

Si tienes dudas y estás trabajando en Aldeas Infantiles o en el sector, consulta a esta sección sindical. Otras opciones es que te acerques a las asesorías jurídicas de otros sindicatos o a un abogado laboralista.




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